{"id":846,"date":"2026-10-24T11:06:49","date_gmt":"2026-10-24T16:06:49","guid":{"rendered":"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/?p=846"},"modified":"2026-10-24T11:06:49","modified_gmt":"2026-10-24T16:06:49","slug":"arriendo-pereira-despues-del-sismo-datos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/arriendo-pereira-despues-del-sismo-datos\/","title":{"rendered":"El arriendo en Pereira despu\u00e9s del sismo: datos de m\u00e1s de 300 contratos"},"content":{"rendered":"<div class=\"ch-articulo\">\n<div class=\"ch-respuesta\">\n<p>Tras el sismo de magnitud 7,4 del 10 de agosto de 2026, nuestros registros en Colombia House Inmobiliaria muestran m\u00e1s reparaciones y m\u00e1s contratos terminados en Pereira y Dosquebradas. El efecto en la mora todav\u00eda no se puede medir. Censamos tres de cada cuatro contratos vigentes (249 de 329) en seis semanas. En el 27 % de los reportes del censo con respuesta, el arrendatario pidi\u00f3 terminar el contrato. En agosto terminaron 47 contratos, frente a unos 14 al mes de enero a julio. Dos de cada tres reparaciones radicadas desde el 10 de agosto est\u00e1n asociadas al sismo. Las medidas del Decreto Legislativo 1423 de 2026 solo aplican cuando la afectaci\u00f3n por el sismo est\u00e1 acreditada.<\/p>\n<\/div>\n<h2 id=\"s-cuantos-inmuebles-arrendados-en-pereira-afecto-el\">\u00bfCu\u00e1ntos inmuebles arrendados en Pereira afect\u00f3 el sismo?<\/h2>\n<p>No tenemos una cifra t\u00e9cnica de inmuebles arrendados da\u00f1ados por el sismo, porque esa calificaci\u00f3n les corresponde a las autoridades. Lo que s\u00ed medimos es la revisi\u00f3n: tras el sismo del 10 de agosto de 2026, censamos 249 de los 329 contratos vigentes que administramos en Pereira y Dosquebradas. Es el 75,7 %: tres de cada cuatro. Entre el 12 de agosto y el 22 de septiembre hicimos 321 reportes de censo sobre 269 contratos. Veinte de esos contratos ya no estaban vigentes el 9 de agosto.<\/p>\n<p>La revisi\u00f3n se hizo en poco tiempo. El 89 % de los reportes se registr\u00f3 en las tres primeras semanas, hasta el 30 de agosto. Estas son las gestiones ante las autoridades que quedaron registradas en el censo:<\/p>\n<div aria-label=\"Tabla: Cu\u00e1ntos inmuebles arrendados en Pereira afect\u00f3 el sismo\" class=\"ch-tabla ch-cols-3\" role=\"region\" tabindex=\"0\">\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<th scope=\"col\">Gesti\u00f3n registrada en el censo<\/th>\n<th scope=\"col\">Reportes<\/th>\n<th scope=\"col\">Contratos<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Solicitud registrada ante la DIGER<\/td>\n<td>125<\/td>\n<td>113<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Radicado en la plataforma SOS Pereira<\/td>\n<td>102<\/td>\n<td>93<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Formulario de la DIGER de Dosquebradas<\/td>\n<td>26<\/td>\n<td>23<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>Fuente: nuestros registros, censo posterior al sismo, del 12 de agosto al 22 de septiembre de 2026. Un contrato puede tener varias gestiones. Las cifras cuentan solicitudes hechas, no su resultado.<\/p>\n<p>SOS Pereira es la plataforma que <a href=\"https:\/\/www.pereira.gov.co\/publicaciones\/11295\/la-alcaldia-de-pereira-trabaja-sin-descanso-para-la-atencion-de-la-emergencia-y-entrega-de-ayudas-tras-cumplirse-14-dias-del-terremoto\/\" rel=\"noopener\">habilit\u00f3 la Alcald\u00eda de Pereira tras el sismo<\/a> para reportar da\u00f1os en viviendas. En Pereira y en Dosquebradas, la DIGER es la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n del Riesgo de la alcald\u00eda.<\/p>\n<p>Para ver la escala de la regi\u00f3n, estas son las cifras oficiales de vivienda m\u00e1s recientes que encontramos al 10 de octubre de 2026:<\/p>\n<div aria-label=\"Tabla: Cu\u00e1ntos inmuebles arrendados en Pereira afect\u00f3 el sismo\" class=\"ch-tabla ch-cols-2\" role=\"region\" tabindex=\"0\">\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<th scope=\"col\">Fuente oficial y fecha del dato<\/th>\n<th scope=\"col\">Dato de vivienda<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td><a href=\"https:\/\/www.pereira.gov.co\/publicaciones\/11295\/la-alcaldia-de-pereira-trabaja-sin-descanso-para-la-atencion-de-la-emergencia-y-entrega-de-ayudas-tras-cumplirse-14-dias-del-terremoto\/\" rel=\"noopener\">Alcald\u00eda de Pereira<\/a>, 26 de agosto de 2026<\/td>\n<td>M\u00e1s de 35.000 viviendas afectadas, el 15,4 % de las viviendas de Pereira, seg\u00fan el censo que estaba en curso<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><a href=\"https:\/\/www.dosquebradas.gov.co\/web\/dosquebradas\/ciudad\/sala-de-prensa\/noticias\/303-vigencia-2026\/10081-alcalde-roberto-jimenez-aboga-ante-la-procuraduria-por-las-4000-familias-dosquebradenses-que-aun-no-estan-registro-unico-de-damnificados\" rel=\"noopener\">Alcald\u00eda de Dosquebradas<\/a>, 17 de septiembre de 2026<\/td>\n<td>En Dosquebradas, 4.179 viviendas no habitables por da\u00f1os de mamposter\u00eda y 609 destruidas<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><a href=\"https:\/\/www.risaralda.gov.co\/publicaciones\/164149\/risaralda-empieza-a-ponerle-cifras-a-la-reconstruccion-tras-el-terremoto-no-mas-reuniones-ejecutemos\/\" rel=\"noopener\">Gobernaci\u00f3n de Risaralda<\/a>, 9 de septiembre de 2026<\/td>\n<td>5.535 viviendas destruidas y 63.609 averiadas en Risaralda<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>Ninguna de estas cifras dice cu\u00e1ntos inmuebles arrendados quedaron sin poder usarse. Por eso no las mezclamos con las nuestras.<\/p>\n<h2 id=\"s-cuantos-arrendatarios-pidieron-terminar-el-contrato\">\u00bfCu\u00e1ntos arrendatarios pidieron terminar el contrato por el sismo?<\/h2>\n<p>En nuestro censo posterior al sismo, el arrendatario pidi\u00f3 terminar el contrato en el 27,4 % de los reportes con respuesta: 60 de 219, de 52 contratos distintos. Es lo que dijo en la llamada, no una terminaci\u00f3n hecha. En 102 reportes no qued\u00f3 respuesta a esa pregunta.<\/p>\n<p>Las terminaciones efectivas tambi\u00e9n subieron. En agosto de 2026 terminaron 47 contratos, frente a un promedio de 13,6 al mes de enero a julio. En agosto de 2025 hab\u00edan terminado 12. Entre el 10 de agosto y el 30 de septiembre terminaron 51 contratos, el 15,5 % de los vigentes antes del sismo.<\/p>\n<p>No sabemos cu\u00e1ntas de esas salidas se deben al sismo. Nuestro sistema de contratos no registra el motivo de la terminaci\u00f3n, as\u00ed que la relaci\u00f3n con el sismo es solo de fecha. Adem\u00e1s, 24 de las terminaciones de agosto tienen fecha del 30 de agosto, cuando tambi\u00e9n vencen contratos de manera normal.<\/p>\n<p>Las solicitudes escritas apuntan en la misma direcci\u00f3n. Desde el 10 de agosto recibimos 78 solicitudes de terminaci\u00f3n de 68 contratos, y 60 de ellas (77 %) est\u00e1n asociadas al sismo. La mayor\u00eda lleg\u00f3 en agosto (46) y en septiembre (23); el resto, en los primeros d\u00edas de octubre. Al 3 de octubre, 11 de los 51 inmuebles liberados ya ten\u00edan un contrato nuevo. Si su inmueble qued\u00f3 desocupado, vea <a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/cuanto-se-demora-en-arrendarse-un-inmueble-pereira\/\">cu\u00e1nto se demora en arrendarse un inmueble en Pereira<\/a>.<\/p>\n<h3>\u00bfPuede el arrendatario terminar el contrato por el sismo?<\/h3>\n<p>S\u00ed, si el inmueble qued\u00f3 sin poder usarse para lo que se arrend\u00f3 (C\u00f3digo Civil, art\u00edculo 1990). Si el da\u00f1o es parcial, la terminaci\u00f3n o la rebaja la decide un juez, o se acuerda por escrito.<\/p>\n<h2 id=\"s-cuantas-reparaciones-dejo-el-sismo-en-los-inmuebles\">\u00bfCu\u00e1ntas reparaciones dej\u00f3 el sismo en los inmuebles arrendados?<\/h2>\n<p>Entre el 10 de agosto y el 9 de octubre de 2026 radicamos 112 solicitudes de reparaci\u00f3n, y 75 est\u00e1n asociadas al sismo: dos de cada tres. En agosto, 31 de las 39 reparaciones radicadas desde el d\u00eda 10 tuvieron relaci\u00f3n con el sismo; en septiembre, 39 de 55.<\/p>\n<figure class=\"ch-figura\"><img src=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/reparaciones-por-mes-sismo-pereira-2026.webp\" width=\"1200\" height=\"611\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" alt=\"Gr\u00e1fico de barras: reparaciones radicadas por mes en 2026. Promedio de 29,1 de enero a julio; 42 en agosto (31 asociadas al sismo) y 55 en septiembre (39 asociadas).\"><figcaption>Fuente: nuestros registros de reparaciones, radicadas del 1 de enero al 9 de octubre de 2026. La barra de agosto incluye los d\u00edas 1 a 9, antes del sismo. Una reparaci\u00f3n asociada al sismo es la que lo menciona o est\u00e1 ligada al censo posterior al sismo.<\/figcaption><\/figure>\n<p>El aumento no se explica solo por el sismo. Agosto y septiembre tambi\u00e9n fueron meses altos en 2025, con 33 y 39 reparaciones, y hoy administramos m\u00e1s contratos que hace un a\u00f1o. Por eso el dato m\u00e1s firme no es el aumento, sino cu\u00e1ntas reparaciones est\u00e1n asociadas al sismo. En los primeros d\u00edas de octubre, la mayor\u00eda de las reparaciones ya no estaba ligada a \u00e9l.<\/p>\n<p>Entre las 75 reparaciones asociadas al sismo, las categor\u00edas espec\u00edficas m\u00e1s frecuentes fueron goteras o filtraciones (17) y da\u00f1os en techo o cielo raso (14). El 60 % qued\u00f3 en la opci\u00f3n \u00abOtro problema no listado\u00bb. Nuestro formulario no tiene una opci\u00f3n espec\u00edfica para fisuras.<\/p>\n<h3>\u00bfQui\u00e9n paga las reparaciones causadas por el terremoto?<\/h3>\n<p>Como regla general, si el da\u00f1o lo caus\u00f3 el terremoto, la reparaci\u00f3n le corresponde al arrendador, aunque sea locativa (C\u00f3digo Civil, art\u00edculo 1985). El contrato puede decir otra cosa, y hay que poder mostrar que el da\u00f1o vino del sismo. Si la obra no puede esperar, el arrendatario debe permitirla y puede pedir una rebaja proporcional mientras dure (art\u00edculo 1986). Lo explicamos en <a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/reparaciones-inmueble-arrendado-quien-paga\/\">reparaciones de un inmueble arrendado: qui\u00e9n paga<\/a>.<\/p>\n<h2 id=\"s-bajo-la-puntualidad-del-canon-o-subio-la-mora-tras\">\u00bfBaj\u00f3 la puntualidad del canon o subi\u00f3 la mora tras el sismo?<\/h2>\n<p>La puntualidad baj\u00f3 en agosto de 2026: el 65,6 % de los c\u00e1nones pagados se pag\u00f3 en 10 d\u00edas o menos, frente al 74,8 % de julio. El efecto del sismo en la mora todav\u00eda no se puede medir con nuestros registros. La \u00faltima actualizaci\u00f3n de nuestra base de reportes de mora es de julio de 2026. Por eso no estimamos una cifra de mora posterior al sismo.<\/p>\n<p>La \u00fanica se\u00f1al disponible es la puntualidad de los c\u00e1nones que s\u00ed se pagaron:<\/p>\n<div aria-label=\"Tabla: Baj\u00f3 la puntualidad del canon o subi\u00f3 la mora tras el sismo\" class=\"ch-tabla ch-cols-4\" role=\"region\" tabindex=\"0\">\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<th scope=\"col\">Mes<\/th>\n<th scope=\"col\">C\u00e1nones pagados<\/th>\n<th scope=\"col\">Pagados en 10 d\u00edas o menos (% de los pagados)<\/th>\n<th scope=\"col\">Pagados en 30 d\u00edas o menos (% de los pagados)<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Agosto de 2025<\/td>\n<td>273<\/td>\n<td>78,0 %<\/td>\n<td>92,3 %<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Julio de 2026<\/td>\n<td>333<\/td>\n<td>74,8 %<\/td>\n<td>89,8 %<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Agosto de 2026<\/td>\n<td>317<\/td>\n<td>65,6 %<\/td>\n<td>83,3 %<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>Fuente: nuestros registros de pagos, corte del 3 de octubre de 2026. Los d\u00edas se cuentan desde el inicio del periodo de cada canon hasta el d\u00eda en que registramos el pago completo, no la fecha de la consignaci\u00f3n. La tabla no incluye los c\u00e1nones que no se pagaron, as\u00ed que no es una tasa de mora.<\/p>\n<p>Es un solo mes y la tabla no prueba que la causa sea el sismo. Septiembre a\u00fan est\u00e1 incompleto y no permite hablar de recuperaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Si un arrendatario con afectaci\u00f3n acreditada pide un plazo, el art\u00edculo 7 del Decreto Legislativo 1423 obliga a las partes a procurar un acuerdo directo. Ese acuerdo puede incluir pago diferido, periodos de gracia o descuentos. Debe constar por escrito, con las mismas formalidades del contrato, y se puede cobrar ante un juez. Los detalles est\u00e1n en nuestra <a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/decreto-1423-2026-propietarios-pereira-dosquebradas\/\">gu\u00eda del Decreto 1423 de 2026 para propietarios<\/a>.<\/p>\n<h2 id=\"s-cambio-el-precio-del-arriendo-en-pereira-despues\">\u00bfCambi\u00f3 el precio del arriendo en Pereira despu\u00e9s del sismo?<\/h2>\n<p>Con nuestros registros no se puede afirmar que el canon de los arriendos nuevos en Pereira y Dosquebradas cambi\u00f3 tras el sismo. Entre el 10 de agosto y el 25 de septiembre de 2026 empezaron 27 contratos nuevos, 22 de ellos de vivienda. Son muy pocos para comparar precios, as\u00ed que no publicamos una comparaci\u00f3n antes y despu\u00e9s. Lo que s\u00ed muestran es que, pese a la emergencia, se siguieron arrendando inmuebles.<\/p>\n<p>Lo que cambi\u00f3 es la regla. Con afectaci\u00f3n acreditada por el sismo, el canon de un arriendo nuevo puede quedar limitado hasta el 18 de marzo de 2027. Lo dispone el art\u00edculo 8 del Decreto Legislativo 1423 para la vivienda que ya ten\u00eda un contrato ejecutado antes del sismo. Ese canon \u00abno podr\u00e1 superar en ning\u00fan caso el valor cobrado por el \u00faltimo contrato ejecutado sobre el mismo inmueble antes del sismo\u00bb. Como m\u00e1ximo, se le puede sumar la variaci\u00f3n del IPC del a\u00f1o anterior: 5,10 % para contratos firmados en 2026.<\/p>\n<p>Si la vivienda se arrienda por primera vez, rige el tope general del 1 % del valor comercial, con las reglas del art\u00edculo 18 de la Ley 820 de 2003. Antes de fijar el canon de un contrato nuevo, revise si su caso entra en el tope del decreto con nuestra <a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/decreto-1423-2026-propietarios-pereira-dosquebradas\/\">gu\u00eda del Decreto 1423 de 2026 para propietarios<\/a>. Para comparar con el mercado, vea el <a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/canon-arriendo-pereira-dosquebradas\/\">canon de arriendo en Pereira y Dosquebradas: datos de 2026<\/a>.<\/p>\n<h2 id=\"s-que-debe-revisar-el-propietario-despues-del-sismo\">\u00bfQu\u00e9 debe revisar el propietario despu\u00e9s del sismo?<\/h2>\n<p>Tras el sismo del 10 de agosto de 2026, el propietario que arrienda en Pereira o Dosquebradas debe revisar cinco cosas. Son el estado del inmueble, la afectaci\u00f3n acreditada, los seguros, las fechas del contrato y los soportes.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>El estado del inmueble.<\/strong> Si nota fisuras, humedad nueva o da\u00f1os en techos, pida una visita t\u00e9cnica. En Pereira, la DIGER recibe reportes de colapso o da\u00f1os estructurales en la l\u00ednea 123-119, seg\u00fan una pieza oficial de la Alcald\u00eda del 12 de agosto de 2026. En Dosquebradas, solo los equipos t\u00e9cnicos de la DIGER y el Cuerpo Oficial de Bomberos pueden decidir si un inmueble es habitable. No decida con la opini\u00f3n de personas ajenas a esos equipos. Si el inmueble queda desocupado, prot\u00e9jalo: en Dosquebradas, la Alcald\u00eda record\u00f3 que esa protecci\u00f3n tambi\u00e9n les corresponde a propietarios y administradores (2 de septiembre de 2026).<\/li>\n<li><strong>La afectaci\u00f3n acreditada.<\/strong> Las medidas del Decreto Legislativo 1423 \u00abno se aplicar\u00e1n de manera generalizada e indiscriminada\u00bb a todos los contratos de un municipio. Solo cubren personas, contratos e inmuebles con afectaci\u00f3n directa acreditada (art\u00edculo 2, par\u00e1grafo 1). El Registro \u00danico de Damnificados cerr\u00f3 el 4 de septiembre de 2026. Al 10 de octubre no encontramos otro mecanismo oficial de acreditaci\u00f3n. El decreto permite acreditarla \u00abpor otros medios verificables\u00bb, pero no dice cu\u00e1les. Ninguna norma dice que un registro en SOS Pereira acredite la afectaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>Los seguros.<\/strong> Si el inmueble tiene seguro de terremoto, avise a la aseguradora en cuanto conozca el da\u00f1o. La ley da 3 d\u00edas h\u00e1biles desde que lo conoci\u00f3 o debi\u00f3 conocerlo, y la p\u00f3liza puede dar m\u00e1s (C\u00f3digo de Comercio, art\u00edculo 1075). Avisar tarde no hace perder el seguro, pero la aseguradora puede descontar el perjuicio que el retraso le cause (art\u00edculo 1078). Si el inmueble est\u00e1 en un conjunto o edificio, pregunte a la administraci\u00f3n por la p\u00f3liza obligatoria de los bienes comunes (Ley 675 de 2001, art\u00edculo 15). Esa p\u00f3liza cubre las zonas comunes, no el interior de su inmueble.<\/li>\n<li><strong>Las fechas del contrato.<\/strong> Si el reajuste anual le tocaba entre el 18 de septiembre de 2026 y el 18 de marzo de 2027 y hay afectaci\u00f3n acreditada, el aumento se aplaza (art\u00edculo 4). No se pierde: se cobra despu\u00e9s. Si el contrato vence entre el 10 de agosto y el 31 de diciembre de 2026, el arrendatario con afectaci\u00f3n acreditada puede pedir la pr\u00f3rroga de seis meses (art\u00edculo 5). Antes de pactar una rebaja o un plazo, consulte las condiciones de su p\u00f3liza de arrendamiento o de su contrato de fianza, porque cada uno tiene reglas propias.<\/li>\n<li><strong>Los soportes.<\/strong> Guarde fotos con fecha, informes de visita, cotizaciones y comunicaciones por escrito. En Dosquebradas, la Alcald\u00eda aclar\u00f3 el 29 de agosto de 2026 que las aseguradoras no pueden exigir el concepto de la DIGER como \u00fanica prueba del da\u00f1o. Tambi\u00e9n sirven informes t\u00e9cnicos, actas, fotos, videos, cotizaciones o facturas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Una advertencia de seguridad: no digite su c\u00e9dula ni los datos de su arrendatario en p\u00e1ginas sin confirmar. Verifique antes el canal en los sitios .gov.co de la Alcald\u00eda, la Gobernaci\u00f3n o la UNGRD. La UNGRD alert\u00f3 el 2 de septiembre de 2026 sobre correos falsos que usan sus logos para anunciar pagos a damnificados.<\/p>\n<h2 id=\"s-como-obtuvimos-estos-datos\">C\u00f3mo obtuvimos estos datos<\/h2>\n<p>Las cifras salen de nuestros registros en Colombia House Inmobiliaria: censo, reparaciones, solicitudes, contratos y pagos. Los consultamos en modo de solo lectura entre el 3 y el 10 de octubre de 2026. Solo publicamos agregados. No publicamos grupos con menos de 10 casos, barrios, conjuntos ni ning\u00fan dato que permita identificar un inmueble o a una persona (Ley 1581 de 2012). Tampoco publicamos nuestra clasificaci\u00f3n interna de da\u00f1os, porque no es un concepto t\u00e9cnico.<\/p>\n<div aria-label=\"Tabla: C\u00f3mo obtuvimos estos datos\" class=\"ch-tabla ch-cols-3\" role=\"region\" tabindex=\"0\">\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<th scope=\"col\">Dato<\/th>\n<th scope=\"col\">Muestra y periodo<\/th>\n<th scope=\"col\">L\u00edmite<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Censo posterior al sismo<\/td>\n<td>321 reportes sobre 269 contratos, del 12 de agosto al 22 de septiembre de 2026<\/td>\n<td>Registra lo que dijo el arrendatario y las gestiones pedidas, no el estado t\u00e9cnico del inmueble<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Contratos vigentes antes del sismo<\/td>\n<td>329 contratos al 9 de agosto de 2026<\/td>\n<td>Cifra aproximada: depende de c\u00f3mo qued\u00f3 registrada la fecha de terminaci\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Reparaciones<\/td>\n<td>319 reparaciones radicadas del 1 de enero al 9 de octubre de 2026<\/td>\n<td>Una reparaci\u00f3n asociada al sismo es la que lo menciona o est\u00e1 ligada al censo<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Solicitudes de terminaci\u00f3n<\/td>\n<td>78 solicitudes, del 10 de agosto al 9 de octubre de 2026<\/td>\n<td>Una solicitud no es una terminaci\u00f3n hecha<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Terminaciones y contratos nuevos<\/td>\n<td>Sistema de contratos, agosto de 2025 y enero a septiembre de 2026; corte del 3 de octubre<\/td>\n<td>No registra el motivo de la terminaci\u00f3n; los contratos de octubre a\u00fan no est\u00e1n incluidos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Puntualidad del canon<\/td>\n<td>923 c\u00e1nones pagados en agosto de 2025, julio de 2026 y agosto de 2026<\/td>\n<td>Solo cuenta los c\u00e1nones que s\u00ed se pagaron; no es una tasa de mora<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>Un mismo caso puede aparecer en m\u00e1s de una tabla, por ejemplo en el censo y en reparaciones. Por eso no sumamos las cifras de las distintas tablas. Nuestros registros describen los contratos que administramos. No son una estad\u00edstica del mercado de Pereira ni de Dosquebradas.<\/p>\n<h2 id=\"s-preguntas-frecuentes\">Preguntas frecuentes<\/h2>\n<div class=\"ch-faq\">\n<h3>\u00bfEl Decreto 1423 congel\u00f3 los arriendos en Pereira y Dosquebradas?<\/h3>\n<p>No. El decreto no congela los arriendos ni trae una lista de municipios. Sus medidas solo aplican a contratos e inmuebles con afectaci\u00f3n directa acreditada por el sismo. Revise en nuestra <a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/decreto-1423-2026-propietarios-pereira-dosquebradas\/\">gu\u00eda del Decreto 1423 de 2026 para propietarios<\/a> si su caso entra en \u00e9l.<\/p>\n<h3>\u00bfPuedo pedir la restituci\u00f3n si el arrendatario afectado por el sismo no paga?<\/h3>\n<p>Puede iniciar el proceso, pero el desalojo f\u00edsico de un arrendatario con afectaci\u00f3n acreditada queda suspendido hasta el 18 de marzo de 2027 (Decreto Legislativo 1423, art\u00edculo 3). Hay excepciones, como la evacuaci\u00f3n que ordene la autoridad por riesgo para la vida. La deuda sigue: la suspensi\u00f3n \u00abno condona ni extingue las obligaciones pecuniarias derivadas del contrato de arrendamiento\u00bb.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 pasa con el contrato si el inmueble qued\u00f3 destruido o lo van a demoler?<\/h3>\n<p>El arrendamiento termina por la destrucci\u00f3n total del inmueble (C\u00f3digo Civil, art\u00edculo 2008). Adem\u00e1s, la pr\u00f3rroga del decreto no aplica si la autoridad declar\u00f3 el inmueble en \u00abInhabitabilidad Total\u00bb o \u00abRiesgo Inminente de Colapso\u00bb (art\u00edculo 6, numeral 1). Una orden de evacuaci\u00f3n o un da\u00f1o parcial no equivalen por s\u00ed solos a la destrucci\u00f3n total.<\/p>\n<h3>\u00bfNecesito licencia para reparar un inmueble da\u00f1ado por el sismo?<\/h3>\n<p>Depende de la obra. En Dosquebradas, la Alcald\u00eda permite reparar cubiertas y techos por la emergencia, pero construir, ampliar o modificar la estructura exige licencia de una curadur\u00eda (28 de agosto de 2026). En Pereira, consulte con una curadur\u00eda urbana antes de intervenir la estructura.<\/p>\n<\/div>\n<h2 id=\"s-que-hacer-ahora\">Qu\u00e9 hacer ahora<\/h2>\n<p>Si quiere que revisemos la situaci\u00f3n de su inmueble arrendado despu\u00e9s del sismo, cu\u00e9ntenos en el <a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/administracion-de-propiedades\">formulario para propietarios<\/a>. Si quiere ver el panorama completo antes, lea nuestra <a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/administrar-inmueble-en-arriendo-pereira\/\">gu\u00eda para administrar un inmueble en arriendo en Pereira<\/a>.<\/p>\n<aside aria-label=\"Siga leyendo\" class=\"ch-siga\">\n<div>\n<p class=\"ch-siga-titulo\">Siga leyendo<\/p>\n<ul>\n<li><a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/administrar-inmueble-en-arriendo-pereira\/\">Administrar un inmueble en arriendo en Pereira: gu\u00eda 2026<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/reparaciones-inmueble-arrendado-quien-paga\/\">Reparaciones en un inmueble arrendado: qui\u00e9n paga<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/arrendatario-no-paga-que-hacer\/\">Si el arrendatario no paga: qu\u00e9 hacer, paso a paso<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/blog\/decreto-1423-2026-propietarios-pereira-dosquebradas\/\">Decreto 1423 de 2026 para el due\u00f1o que arrienda<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<div>\n<p class=\"ch-siga-titulo\">Servicios relacionados<\/p>\n<ul>\n<li><a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/administracion-de-propiedades\">Administraci\u00f3n de propiedades<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.colombiahouse.com.co\/asesoria-juridica-en-derecho-inmobiliario\">Asesor\u00eda jur\u00eddica en derecho inmobiliario<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/aside>\n<h2 id=\"s-fuentes-consultadas-autor-y-aviso\">Fuentes consultadas, autor y aviso<\/h2>\n<h3>Fuentes consultadas<\/h3>\n<p>Hechos y normas consultados entre el 24 de septiembre y el 10 de octubre de 2026.<\/p>\n<details class=\"ch-fuentes\">\n<summary>Ver las fuentes consultadas <span>(9 fuentes)<\/span><\/summary>\n<ul>\n<li><a href=\"https:\/\/www2.sgc.gov.co\/Noticias\/Paginas\/SGC-actualiza-la-informacion-sobre-el-sismo-ocurrido-en-San-Jose-del-Palmar-Choco.aspx\" rel=\"noopener\">Informaci\u00f3n sobre el sismo de San Jos\u00e9 del Palmar<\/a>. Servicio Geol\u00f3gico Colombiano, 10 de agosto de 2026.<\/li>\n<li>Alcald\u00eda de Pereira: <a href=\"https:\/\/www.pereira.gov.co\/publicaciones\/11295\/la-alcaldia-de-pereira-trabaja-sin-descanso-para-la-atencion-de-la-emergencia-y-entrega-de-ayudas-tras-cumplirse-14-dias-del-terremoto\/\" rel=\"noopener\">balance de la emergencia y plataforma SOS Pereira<\/a>, 26 de agosto de 2026, y <a href=\"https:\/\/www.pereira.gov.co\/publicaciones\/11321\/puntos-de-atencion-al-publico\/\" rel=\"noopener\">puntos de atenci\u00f3n al p\u00fablico<\/a>, 16 de septiembre de 2026.<\/li>\n<li>Alcald\u00eda de Dosquebradas: <a href=\"https:\/\/www.dosquebradas.gov.co\/web\/dosquebradas\/ciudad\/sala-de-prensa\/noticias\/303-vigencia-2026\/10081-alcalde-roberto-jimenez-aboga-ante-la-procuraduria-por-las-4000-familias-dosquebradenses-que-aun-no-estan-registro-unico-de-damnificados\" rel=\"noopener\">viviendas no habitables y destruidas<\/a>, 17 de septiembre de 2026; <a href=\"https:\/\/www.dosquebradas.gov.co\/web\/dosquebradas\/ciudad\/sala-de-prensa\/noticias\/303-vigencia-2026\/9990-dosquebradas-alerta-sobre-presuntos-conceptos-tecnicos-de-habitabilidad-erroneos\" rel=\"noopener\">conceptos de habitabilidad<\/a>, 19 de agosto; <a href=\"https:\/\/www.dosquebradas.gov.co\/web\/dosquebradas\/ciudad\/sala-de-prensa\/noticias\/303-vigencia-2026\/10023-conceptos-de-la-diger-no-son-requisito-exclusivo-para-tramitar-reclamaciones-de-seguros\" rel=\"noopener\">pruebas para reclamar al seguro<\/a>, 29 de agosto; <a href=\"https:\/\/www.dosquebradas.gov.co\/web\/dosquebradas\/ciudad\/sala-de-prensa\/noticias\/303-vigencia-2026\/10019-alcaldia-de-dosquebradas-reactiva-el-control-urbanistico-para-garantizar-construcciones-seguras-despues-del-terremoto\" rel=\"noopener\">reparaciones y licencias<\/a>, 28 de agosto, e <a href=\"https:\/\/www.dosquebradas.gov.co\/web\/dosquebradas\/ciudad\/sala-de-prensa\/noticias\/303-vigencia-2026\/10035-dosquebradas-precisa-responsabilidades-para-proteger-inmuebles-desocupados-tras-la-emergencia\" rel=\"noopener\">inmuebles desocupados<\/a>, 2 de septiembre.<\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.risaralda.gov.co\/publicaciones\/164149\/risaralda-empieza-a-ponerle-cifras-a-la-reconstruccion-tras-el-terremoto-no-mas-reuniones-ejecutemos\/\" rel=\"noopener\">Cifras de la reconstrucci\u00f3n en Risaralda<\/a>. Gobernaci\u00f3n de Risaralda, 9 de septiembre de 2026.<\/li>\n<li>UNGRD: <a href=\"https:\/\/portal.gestiondelriesgo.gov.co\/Documents\/Resoluciones\/RESOLUCION_0765_DEL_26_DE_AGOSTO_DEL_2026.pdf\" rel=\"noopener\">Resoluci\u00f3n 0765 de 2026<\/a> (26 de agosto), sobre el cierre del Registro \u00danico de Damnificados, y <a href=\"https:\/\/portal.gestiondelriesgo.gov.co\/Paginas\/Noticias\/2026\/UNGRD-activa-apoyo-economico-temporal-para-familias-damnificadas-por-el-terremoto.aspx\" rel=\"noopener\">apoyo econ\u00f3mico temporal y alerta sobre correos falsos<\/a>, 2 de septiembre de 2026.<\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/minvivienda.gov.co\/sites\/default\/files\/normativa\/decreto-no.-1423-del-17-de-septiembre-de-2026.pdf\" rel=\"noopener\">Decreto Legislativo 1423 de 2026<\/a>, art\u00edculos 2 a 8. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.<\/li>\n<li>C\u00f3digo Civil, <a href=\"http:\/\/www.secretariasenado.gov.co\/senado\/basedoc\/codigo_civil_pr061.html\" rel=\"noopener\">art\u00edculos 1985, 1986 y 1990<\/a> y <a href=\"http:\/\/www.secretariasenado.gov.co\/senado\/basedoc\/codigo_civil_pr062.html\" rel=\"noopener\">art\u00edculo 2008<\/a>; <a href=\"http:\/\/www.secretariasenado.gov.co\/senado\/basedoc\/codigo_comercio_pr033.html\" rel=\"noopener\">C\u00f3digo de Comercio<\/a>, art\u00edculos 1075 y 1078; <a href=\"http:\/\/www.secretariasenado.gov.co\/senado\/basedoc\/ley_0675_2001.html\" rel=\"noopener\">Ley 675 de 2001<\/a>, art\u00edculo 15, y <a href=\"http:\/\/www.secretariasenado.gov.co\/senado\/basedoc\/ley_0820_2003.html\" rel=\"noopener\">Ley 820 de 2003<\/a>, art\u00edculo 18. Base de datos de la Secretar\u00eda General del Senado.<\/li>\n<li>Ley 1581 de 2012, sobre protecci\u00f3n de datos personales.<\/li>\n<li>Registros internos de Colombia House Inmobiliaria: censo posterior al sismo, reparaciones, solicitudes, sistema de contratos y sistema de pagos, cortes del 3 y del 10 de octubre de 2026.<\/li>\n<\/ul>\n<\/details>\n<h3>Sobre el autor<\/h3>\n<p class=\"ch-autor-bio\"><strong>Alejandro Valencia<\/strong> es Gerente y Abogado Senior de Colombia House Inmobiliaria, que administra y arrienda inmuebles en Pereira y Dosquebradas desde 2017. Matr\u00edcula de arrendador n.\u00ba 7058. Trabajamos para Usted.<\/p>\n<h3>Aviso<\/h3>\n<p class=\"ch-aviso-caso\">Esta informaci\u00f3n es orientativa y no constituye asesor\u00eda legal ni un concepto t\u00e9cnico sobre el estado de un inmueble. Las cifras oficiales cambian: revise siempre cada fuente con su fecha. Para su caso concreto, consulte al \u00e1rea jur\u00eddica de Colombia House Inmobiliaria.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tras el sismo del 10 de agosto, dos de cada tres reparaciones que radicamos se asocian a \u00e9l. 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